DISPOSICIONES ADICIONALES

Primera.- Prorrogar hasta el 29 de mayo de 2026, el plazo para la presentación y pago de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, correspondiente a contribuyentes con cierre de gestión fiscal al 31 de diciembre de 2025.

 

FE DE ERRATAS 

En la Disposición Adicional Primera de la Resolución Normativa de Directorio Nº 102600000014 de fecha 16 de abril de 2026, “Modificaciones a la RND N° 101800000004 y RND N° 10-0008-15 sobre la Presentación de Estados Financieros y de Información Tributaria Digitalizada”, se señaló por error “29” debiendo consignar “04”. Asimismo, en la Disposición Adicional Cuarta, última línea, se señaló por error “Primera”, debiendo consignar “Segunda”


Prorrogar hasta el 04 de mayo de 2026, el plazo para la presentación y pago de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, correspondiente a contribuyentes con cierre de gestión fiscal al 31 de diciembre de 2025.


Segunda.- Prorrogar hasta el 29 de mayo de 2026, el envío digitalizado de los Estados Financieros, la Memoria Anual, el Estudio de Precios de Transferencia y el F-601, según corresponda, para los sujetos pasivos o terceros responsables del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, con cierre de gestión fiscal al 31 de diciembre de 2025.

 

Tercera.- Los contribuyentes alcanzados por la presente RND, que antes de su publicación hubieran presentado de forma física los Estados Financieros, el Estudio de Precios de Transferencia o la Memoria Anual, correspondiente a la gestión fiscal con cierre al 31 de diciembre de 2025, no se encuentran obligados a presentar los mismos en formato PDF.

 

Cuarta.- Los contribuyentes que hasta la fecha de publicación de la presente RND no hubieran cumplido con la presentación de los Estados Financieros, la Memoria Anual y el Estudio de Precios de Transferencia, según corresponda, de forma física o no hubieran enviado el Formulario 605, deberán realizar el envío digitalizado de esta información en la actualización del SIAT a partir del 22 de abril de la presente gestión hasta la fecha de prórroga establecida en la Disposición Adicional Primera de esta RND.