Prórroga hasta el 31 de diciembre de 2026 para homologar productos con actividades económicas
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió el 28 de octubre de 2026 la Resolución Normativa de Directorio (RND) N° 102600000042. Amplía por tercera vez el plazo para que los contribuyentes del IVA homologuen los productos de sus sistemas de facturación con las actividades económicas registradas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
¿Qué dispone?
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo de la Disposición Transitoria Única de la RND 102500000018 (Clasificador de Actividades Económicas del RNC). La RND 102600000028 ya lo había extendido hasta el 30 de octubre de 2026.
¿Quiénes deben cumplir?
Los sujetos pasivos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) deben actualizar la homologación de productos en sus sistemas de facturación con las actividades económicas que tienen registradas en el RNC. Esta homologación es necesaria para que el sistema los autorice a generar documentos fiscales, conforme al inciso a) del artículo 11 de la RND 102100000011.
Antecedentes
| Norma | Fecha | Plazo establecido |
|---|---|---|
| RND 102500000018 | 22 de abril de 2025 | 31 de octubre de 2025 |
| RND 102600000028 | 29 de julio de 2026 | 30 de octubre de 2026 |
| RND 102600000042 | 28 de octubre de 2026 | 31 de diciembre de 2026 |
¿Por qué se amplió el plazo?
Varias Gerencias Distritales y GRACO del país solicitaron más tiempo. El SIN consideró necesario dar un plazo adicional para que los contribuyentes puedan hacer la homologación de forma adecuada. La prórroga se dicta de oficio, con base en el numeral 7 del artículo 66 de la Ley 2492.
Vigencia
La RND entra en vigencia a partir de su publicación. Fue emitida pocos días antes del vencimiento del plazo anterior (30 de octubre de 2026).
Recomendación
Aunque hay plazo hasta fin de año, conviene que cada contribuyente revise y actualice la homologación cuanto antes. Así evita inconvenientes en la emisión de facturas.

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